Artículos de ayuda sobre Glosario SEPA.
Rechazo interno antes de enviar la operación al banco. No genera R-message.
Servicio obligatorio en SEPA desde octubre 2025 que comprueba que el nombre del beneficiario coincide con el IBAN.
Referencia única que identifica un mandato SEPA dentro de la organización del acreedor.
Proveedor externo autorizado para acceder a cuentas o iniciar pagos bajo PSD2.
Sinónimo de BIC; identificador estandarizado por la red SWIFT (ISO 9362).
Tipos de reparto de comisiones en transferencias internacionales.
Fecha en que se liquida realmente la operación entre bancos.
Índice alfabético con 49 términos del glosario SEPA.
Esquema SEPA para adeudos directos en euros; dos variantes: CORE y B2B.
CORE es el adeudo SEPA estándar (particulares y empresas); B2B es exclusivo entre empresas y limita el reembolso.
Esquema SEPA para transferencias en euros; estándar desde 2008.
Variante instantánea del SCT: liquidación en menos de 10 segundos, 24/7/365.
Cancelación de una operación iniciada por el acreedor antes de su liquidación.
Devolución de una operación liquidada por motivos técnicos (cuenta cerrada, deudor fallecido, etc.).
Conjunto de transferencias o adeudos enviados al banco en un único fichero.
Rechazo de una operación antes de su liquidación, por motivos técnicos o de validación.
Devolución solicitada por el deudor tras la liquidación de un adeudo CORE.
Mensaje SEPA que devuelve, rechaza o reembolsa una operación previa.
Cliente final que usa un servicio de pago (particular o empresa).
Entidad que ofrece servicios de pago: bancos, EMI, PI, fintech.
Aviso previo del acreedor al deudor antes de un adeudo, indicando fecha e importe.
Esquema ISO 20022 para adeudos SEPA. Versión más común: pain.008.001.02.
Esquema ISO 20022 para estado y rechazos de una orden enviada.
Esquema ISO 20022 para transferencias SEPA. Versión más común: pain.001.001.03.
Autorización escrita del deudor al acreedor para emitir adeudos directos SEPA.
Norma internacional de mensajería financiera basada en XML. Es la base técnica de SEPA.
Sociedad española que gestiona la compensación de pagos entre bancos a través del SNCE.
International Bank Account Number — identificador internacional único de una cuenta bancaria (ISO 13616).
Códigos de secuencia de un adeudo SEPA: primero, recurrente, único o final.
Organismo europeo que gobierna las normas y esquemas SEPA.
Identificador único que viaja con la operación de extremo a extremo entre acreedor y deudor.
Mandato SEPA firmado mediante medios electrónicos con prueba de identidad e integridad.
Fecha solicitada por el acreedor para cobrar; clave en adeudos SEPA.
Persona o empresa que paga; en SEPA, titular de la cuenta contra la que se gira un adeudo directo.
Hora límite a partir de la cual el banco procesa la operación al día hábil siguiente.
Familia de formatos bancarios españoles para adeudos (19), transferencias (34) y anticipos de créditos (58).
Sistema entre bancos que compensa y liquida operaciones de pago.
Tres caracteres opcionales dentro del CID para separar líneas de negocio del mismo NIF.
Identificador único del acreedor SEPA. Necesario para emitir adeudos directos.
Código nacional español de 20 dígitos para identificar cuentas bancarias, sustituido por IBAN en 2014.
Código ISO 20022 que clasifica el motivo del pago (salario, proveedor, dividendo…).
Esquema ISO 20022 para notificaciones de débito y crédito (bank-to-customer).
Servicio español de pago instantáneo entre particulares y comercios. No es SEPA stricto sensu.
BIC8 identifica al banco; BIC11 añade tres caracteres de sucursal específica.
Bank Identifier Code — identificador estandarizado por ISO 9362 que reconoce a un banco internacionalmente.
Norma ISO que define el formato del BIC / código SWIFT.
Basic Bank Account Number — formato nacional de cuenta bancaria, incluido dentro del IBAN.
El PSP que gestiona la cuenta del cliente final. Habitualmente, su banco principal.
Patronal de la banca española que publica los Cuadernos bancarios (Norma 19, 34, 58, etc.).
Persona o empresa con derecho a cobrar una deuda; en SEPA, quien emite el adeudo directo.